Ayuntamiento de Alcóntar - Alcontar, Almería

Dirección: Plaza Constitución, 1, 04897 Alcontar, Almería, España.
Teléfono: 950426301.
Página web: alcontar.es
Especialidades: Oficinas del ayuntamiento.
Otros datos de interés: Acceso para sillas de ruedas, Aparcamiento adaptado para sillas de ruedas.
Opiniones: Esta empresa tiene 7 valoraciones según Google My Business.
Opinión media: 4.7/5.

📌 Ubicación de Ayuntamiento de Alcóntar

Ayuntamiento de Alcóntar Plaza Constitución, 1, 04897 Alcontar, Almería, España

⏰ Horario de Ayuntamiento de Alcóntar

  • Lunes: Abierto 24 horas
  • Martes: Abierto 24 horas
  • Miércoles: Abierto 24 horas
  • Jueves: Abierto 24 horas
  • Viernes: Abierto 24 horas
  • Sábado: Abierto 24 horas
  • Domingo: Abierto 24 horas

Ayuntamiento de Alcóntar: Un Oaso de Servicios Públicos en Almería

Ubicado en el corazón de la provincia de Almería, el Ayuntamiento de Alcóntar se encuentra en la Plaza Constitución, 1, 04897 Alcontar, Almería, España, ofreciendo una amplia gama de especialidades y servicios a los vecinos de la localidad y a aquellos que visitan el área. Con un teléfono de contacto de fácil acceso, página web informativa y un historial de valoraciones excelentes, este órgano de gobierno local merece la consideración de todos.

Características y Especialidades

Como uno de los principales referentes de los servicios públicos en la zona, el Ayuntamiento de Alcóntar ofrece una amplia variedad de especialidades, incluyendo oficinas municipales que abarcan desde el registro de trámites y documentos hasta la prestación de servicios básicos y atención ciudadana. Además, considerando la diversidad de la población, el ayuntamiento ha implementado accesos para sillas de ruedas y áreas de aparcamiento adaptado para garantizar que todas las personas puedan disfrutar de los servicios ofrecidos.

Ubicación e Información Recomendada

Con una ubicación estratégica en la Plaza Constitución, el Ayuntamiento de Alcóntar resulta fácil de encontrar tanto para los residentes locales como para aquellos que viajan a la provincia de Almería. La cercanía a otras zonas comerciales y de esparcimiento en la ciudad facilita la combinación de visitas al ayuntamiento con otras actividades. Por otro lado, la página web del ayuntamiento proporciona información detallada sobre los servicios ofrecidos, las horas de atención y las peticiones específicas de los vecinos.

Opiniones y Valoraciones

De acuerdo con las valoraciones recopiladas en Google My Business, el Ayuntamiento de Alcóntar goza de un excelente promedio de 4.7/5, lo que habla de la satisfacción de sus usuarios con los servicios prestados. Las opiniones de los clientes indican que los vecinos buscan tranquilidad y eficiencia en sus trámites, lo que este ayuntamiento cumple con creces. Además, la atención brindada por el personal, junto con la accesibilidad de sus instalaciones, es mencionada como un punto fuerte por los usuarios.

Recomendación Final

El Ayuntamiento de Alcóntar es un punto fundamental de referencia para los ciudadanos de Almería, ofreciendo servicios eficientes y accesibles en una ubicación central. Con una excelente opinión media de 4.7/5, es evidente que este ayuntamiento está haciendo un gran trabajo al satisfacer las necesidades de la comunidad. Si buscas un órgano de gobierno local que te proporcionará una experiencia sin complicaciones y un trato cordial, el Ayuntamiento de Alcóntar es tu opción ideal. No dudes en contactar con ellos a través de su página web, donde encontrarás toda la información necesaria y podrás acceder a los servicios que necesitas.

👍 Opiniones de Ayuntamiento de Alcóntar

Ayuntamiento de Alcóntar - Alcontar, Almería
E. E. L.
5/5

Para buscar tranquilidad..

Ayuntamiento de Alcóntar - Alcontar, Almería
Andres F.
4/5

Muy bien

Ayuntamiento de Alcóntar - Alcontar, Almería
Diego G.
5/5

Ayuntamiento de Alcóntar - Alcontar, Almería
Juan M.
5/5

Ayuntamiento de Alcóntar - Alcontar, Almería
Juan M. E. I.
4/5

Ayuntamiento de Alcóntar - Alcontar, Almería
Luis R. G.
5/5

Ayuntamiento de Alcóntar - Alcontar, Almería
Laura L.
5/5

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